Se trata de los decretos 5550, 5551 y 5552, que se suman a otros recientemente publicadas en la Gaceta Oficial a propósito de los primeros 100 días de gestión del presidente Rodrigo Paz
El presidente Rodrigo Paz ha dispuesto cambios en la Vicepresidencia del Estado, mediante decreto supremo. Puso en vigencia tres normativas destinadas a tomar control de la instancia a cargo de Edmand Lara, fusionar dos criticadas oficinas de comunicación estatal y crear el despacho de gestión social para la atención de sectores vulnerables o en situación de emergencia.
Los decretos recientemente publicados en la Gaceta Oficial son: 5550, 5551 y 5552 que se suman a otros de los primeros 100 días de gestión y anteriores vinculados a sectorizar medidas que estaban contenidas en el abrogado Decreto 5503.
Sin embargo, en el 5552 establece, específicamente, ajustes en el funcionamiento de la Vicepresidencia.
«Reordenar la estructura del Estado», «reducir duplicidades administrativas», «mejor coordinación interinstitucional» y «uso racional de recursos públicos» son algunos de los argumentos del control que se ejercerá de la Vicepresidencia, cuyo titular, Edmond Lara, se encuentra aún en la India asistiendo a una cumbre sobre aprovechamiento de la Inteligencia Artificial.
En el documento, que ya está en la Gaceta Oficial, se detalla que: “la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado Plurinacional recibirá apoyo funcional, de una parte, de la
estructura organizativa del Ministerio de la Presidencia, compuesta por:
Jefatura de Gabinete de la Vicepresidenta o Vicepresidente;
Unidad Técnica de apoyo Vicepresidencial;
Unidad de Comunicación y Protocolo Vicepresidencial;
Unidad de Archivo Histórico Legislativo y Biblioteca;
Unidad de Gestión y Relacionamiento Legislativo;
Unidad de Asesoramiento Jurídico y Legislativo”.
En ese sentido, aclara que “bajo la independencia de los Órganos de Estado, únicamente las funciones legislativas desarrolladas por la Unidad de Gestión y Relacionamiento Legislativo y la Unidad de Asesoramiento Jurídico Legislativo serán desarrolladas por la Vicepresidencia del Estado Plurinacional, de forma independiente, para el asesoramiento y
apoyo de la Vicepresidenta o Vicepresidente”.
En cuanto a lo administrativo, según explica el mismo documento, “el personal asignado a las unidades contempladas dependerá del Ministerio de la Presidencia (en este caso, el ministro José Luis Lupo)”.
Pero eso no es todo, la normativa ya vigente remarca que la vicepresidenta o vicepresidente “no contará con representaciones regionales, departamentales, municipales, institucionales y/o sectoriales”.
Y la Unidad de Auditoría Interna y la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de la Presidencia, ejercerá sus funciones sobre las actividades, operaciones y personal de la Vicepresidencia del Estado.
En el Decreto Supremo 5550
Se hace referencia a la reestructuración del sistema de comunicación estatal y modifica la organización del Órgano Ejecutivo con el objetivo de racionalizar la estructura de apoyo a la Presidencia, fortalecer la comunicación estratégica y reducir gastos administrativos.
Dispone la fusión de la Dirección General de Comunicación y de la Vocería Presidencial y se denominará ahora Unidad de Comunicación Estratégica del Estado Plurinacional de Bolivia que dependerá directamente de la Presidencia, bajo coordinación de la Jefatura de Gabinete.
Asimismo, indica que la Unidad de Medios Estatales continuará bajo tuición del Ministerio de la Presidencia y autoriza la transferencia de recursos humanos y presupuestarios para garantizar continuidad operativa.
En el Decreto Supremo 5551
Crea el Despacho de Gestión Social de Su Excelencia (Degse) como institución pública descentralizada con autonomía administrativa, financiera y técnica para agilizar la atención social y fortalecer la transparencia en la gestión de recursos destinados a sectores vulnerables.
El documento señala que esta instancia tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio. Pero, estará bajo tuición del Ministerio de la Presidencia, será dirigido por un Director General Ejecutivo designado por el Presidente y ejecutará programas sociales y acciones solidarias en favor de poblaciones vulnerables.
En el mismo decreto se ordena la transferencia de bienes decomisados a sectores vulnerables, el desarrollo de programas solidarios, la coordinación con instituciones nacionales e internacionales y el monitoreo y rendición de cuentas de acciones sociales.